EL 90% DE LAS MUJERES NO PODRÁ JUBILARSE A LOS 60 AÑOS

Si se aprueba la Ley Bases de Milei las mujeres deberán esperar hasta los 65 años para jubilarse bajo las condiciones de una PUAM (Pensión Universal para Adultos Mayores). El gobierno nacional plantea el reemplazo de la moratoria previsional por una prestación de retiro proporcional.

 

El nuevo texto de la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, que ya fue trabajado y dictaminado en comisiones, que contiene la eliminación del Plan de Pago de Deuda Previsional, más conocido como moratoria, y se incorpora una nueva figura denominada «Prestación de Retiro Proporcional».

 

Este nuevo beneficio solamente es accesible para las personas que tengan 65 años de edad y no hayan completado los 30 años de aportes para obtener una jubilación. El monto a percibir tendrá como base el 80% del haber mínimo y requisitos exigibles son los mismos que para acceder a la Pensión Universal para Adultos Mayores (PUAM).

 

De aprobarse este nuevo texto de la ley, el 90% de las mujeres del país que cumplan los 60 años de edad, deberán esperar cinco años más para poder tomar  los beneficios de una cobertura previsional. La misma situación afectará al 70% de los hombres que poseen la edad correspondiente para jubilarse, pero no cuentan con los 30 años de aportes requeridos. Estas personas deberán elegir entre el nuevo mecanismo que propone la nueva normativa o la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

 

La PUAM otorga una cobertura previsional a las personas mayores de 65 años que no son beneficiarias de ningún tipo de jubilación o pensión. Es un monto de haber menor a la prestación común y, además, no otorga derecho de pensión al cónyuge, conviviente o hijos e hijas con discapacidad.

 

En este contexto, el artículo aclara que las personas que ya se hayan jubilado con la Ley 27.705 de Plan de Pago de Deuda Previsional (moratoria) tienen un derecho adquirido y no serán afectadas por los posibles cambios legales. Quienes tienen un trámite iniciado tampoco se verían afectados, en un principio, aunque puede ocurrir, que el organismo se niegue a garantizar ese derecho y la persona deba reiniciar el trámite sin la vigencia de la Ley 27.705.